Menejo del lugar de los hechos - cadena de custodia
1. Manejo del lugar de los hechos
Permite determinar los lineamientos para la inspección al lugar de los hechos o lugares distintos, orientados a la protección, búsqueda, fijación y recolección de los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física (EMP y EF), que permitan garantizar su autenticidad y capacidad demostrativa mediante la aplicación del Sistema de Cadena de Custodia, tendientes a establecer la ocurrencia de una conducta contraria a la ley, así como la identificación o individualización de autores o partícipes de la misma. Los procedimientos desarrollados, se aplicaran con sujeción a los parámetros establecidos en la Guía Técnica para la Inspección al Lugar de los Hechos, incorporada mediante Acuerdo 002 de 2017 suscrito por el Consejo Nacional de Policía Judicial. (ver archivo adjunto al final GPJ-Investigativa-lugar-hechos )
1.1 Conocimiento, confirmación y verificación del hecho punible
a. Objetivo: determinar aspectos prácticos que permitan identificar la génesis en la ejecución de la conducta contraria a la ley, de tal manera que se cuente con información de tiempo, modo y lugar que garantice los hechos fácticos.
b. Alcance: inicia con la recepción de la información, por parte de los Centros Automáticos de Despacho (CAD), 123 o cualquier otra línea de emergencia nacional, y finaliza con la entrega de la información a la entidad creadora del número de proceso y el aseguramiento inicial del lugar de los hechos o lugares distintos.
Generalidades
• El funcionario de la Policía Nacional o cualquier otra agencia de atención a incidentes, que reciba comunicación de los CAD o líneas de emergencia nacionales, se dirigirá al lugar reportado con el fin de verificar y confirmar la ocurrencia de la conducta contraria a la ley.
• En este sentido, reportará al grupo de comunicaciones (en los sitios del territorio nacional que cuen ten con dicha central) o al ente designado, la comunicación de la conducta contraria a la ley, para que las autoridades competentes generen el reporte de iniciación, y en tal efecto, se realicen los actos inmediatos de investigación.
• La información sobre la diligencia puede ser recibida por cualquiera de los medios establecidos en cada sitio del territorio nacional (de forma verbal, escrita, electrónica, telefónica u otra idónea).
• Cuando en el lugar de los hechos o lugares distintos se encuentren personas lesionadas o en cualquier otra situación que pueda atentar contra su vida o integridad personal, deben ser remitidas inmediatamente a un centro asistencial o ser atendidas por personal paramédico en caso de no ser posible lo primero. De ello debe quedar constancia en el formato de entrega del lugar de los hechos (primer responsable).
• Quien cumpla las funciones de primer responsable debe dar aplicación del Sistema de Cadena de Custodia y debe inciar los registros respectivos (cuando aplique)
Descripción de las actividades
| N° | Actividades | Responsable | Registro |
| 1 | Recibir información de la ciudadanía sobre la ocurrencia de un presunto punible. | Policía Nacional (CAD). Líneas de emergencia nacional | Reportes |
| 2 | Registrar la información en el sistema computarizado o en el medio establecido para esta actividad, con los datos requeridos por el mismo. | Policía Nacional (CAD). Líneas de emergencia nacional. | Reportes |
| 3 | Informar a la Policía Nacional de turno o a los organismos de atención a incidentes, sobre el incidente reportado. | Policía Nacional (CAD). Organismos de atención a incidentes. | Reportes |
| 4 | Desplazarse al lugar de los hechos y verificar la dirección exacta, nombre del barrio, zona o localidad. De tratarse de zona rural, marítima o aérea se debe utilizar los medios de ubicación disponibles (finca, vereda, corregimiento, georeferenciación, entre otros.) y debe notificar su presencia a la central de comunicaciones o a quien haga sus veces. | Primer responsable. | Reportes |
| 5 | Confirmación del incidente y materialización de la conducta contraria a la ley. | Primer responsable. | Reportes |
| 6 | Reportar a la central de comunicaciones la confirmación del incidente y materialización de la conducta contraria a la ley, los hallazgos, presencia de personas heridas y fallecidas, condiciones físicas y de seguridad del lugar de los hechos o lugares distintos. | Primer responsable. | Reportes |
| 7 | Recibir la confirmación de la materialización de la conducta contraria a la ley y se crea el número de proceso, se asigna fiscal y grupo de policía judicial para que este último se desplace al lugar de los hechos o lugares distintos. | Oficina de asignaciones o quien haga sus veces. | Reporte de iniciación |
| 8 | Realiza aseguramiento del lugar de los hechos o lugares distintos o quien haga sus veces. | Primer responsable. | Informe primer responsable |
Documentos involucrados en el procedimiento:
- Reportes del incidente (virtual – documental) - Reportedelaverificación yconfirmacióndelaconducta contraria a la ley - Formato Primer Responsable
.1.2 Aseguramiento del lugar de los hechos o lugares distintos.
a. OBJETIVO: desarrollar las actividades para garantizar el aseguramiento o protección del lugar de los hechos o lugares distintos, a fin de evitar la alteración, destrucción, deterioro, suplantación y pérdida de la capacidad demostrativa de los EMP y EF.
b. ALCANCE: inicia con la primera autoridad que llega al lugar de los hechos o lugares distintos y finaliza con el establecimiento del método de búsqueda señalado, previa observación, análisis y valoración del lugar de los hechos o lugares distintos.
Generalidades:
• Verificar la protección realizada por el primer responsable y ampliarla, en los casos en que sea necesario. Determinar el área a ser aislada y acordonarla utilizando las barreras físicas pertinentes, de acuerdo a la magnitud del hecho y a las características del lugar.
• Quien efectúa el aseguramiento del lugar de los hechos o lugares distintos debe evitar el ingreso de personas no asignadas a la diligencia como periodistas, parientes, amigos, curiosos (entre otros).
• Quien actúe como primer responsable debe permanecer en el lugar de los hechos, hasta que se formalice la entrega a la autoridad facultada para elprocesamiento del mismo y sólo se puede retirar una vez sea autorizado por los funcionarios que realizan la diligencia de inspección.
• En ausencia del primer responsable, se procede con la protección y examen preliminar del lugar de los hechos, determinación de rutas de ingreso y salida y ubicación de los EMP y EF.
• Cuando se trate de orden emitida por autoridad competente, se recibe el lugar de los hechos de la persona que atenderá la diligencia.
Descripción de las actividades:
| N° | Actividades | Responsable | Registro |
| 1 | Realizar observación preliminar del lugar de los hechos o lugares distintos y de los EMP y EF asociados, con el fin de identificarlos. | Primer responsable. Policía Nacional. Fuerzas Militares. Policía judicial. | N.A |
| 2 | Verificar la protección realizada por el primer responsable y ampliarla, en los casos en que sea necesario. Determinar el área a ser aislada y acordonarla utilizando las barreras físicas pertinentes, de acuerdo a la magnitud del hecho y a las características del lugar (se debe considerar como mínimo dos anillos de protección, el primer nivel o de afectación es el que protege los EMP y EF y será exclusivo para el personal de policía judicial que realiza la inspección; el segundo nivel o de incidencia se destacará como zona operativa para dejar los equipos, herramientas, materiales y otros elementos a utilizar). | Primer responsable. Policía Nacional. Fuerzas Militares. Policía judicial. | N.A |
| 3 | Si hay personas lesionadas en el lugar de los hechos, de ser posible, establecer comunicación con ellas a fin de identificarlas y obtener información que sea de interés para la investigación acerca de lo ocurrido. Previo al desplazamiento o movimiento de los lesionados, se debe proceder a señalizar la ubicación y posición original de los EMP Y EF. Si en el lugar se encuentran testigos o familiares, se deben individualizar a través de la información que ellos aporten. | Primer responsable. Policía Nacional. Fuerzas Militares. Policía judicial. | N.A |
| 4 | Si se encuentran testigos, sospechosos o familiares de las víctimas, se debe evitar que estos se retiren, se procede a separarlos impidiendo la comunicación entre ellos. Adicionalmente, deben tomarse los datos generales de identificación: nombre, cédula de ciudadanía, parentesco con la víctima, lugar de residencia, entre otros datos. Esta información se debe consignar en el formato de actuación del primer responsable. | Primer responsable. Policía Nacional. Fuerzas Militares. Policía judicial.. | N.A |
| 5 | Posteriormente, se debe registrar la información obtenida en sus actividades durante la atención del hecho en el formato de actuación del primer responsable. El formato debe estar completamente diligenciado. Finalmente, se debe entregar el lugar de los hechos o lugares distintos al servidor encargado de realizar la diligencia. | Primer responsable. Policía Nacional. Fuerzas Militares. Policía judicial. | Formato primer responsable |
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